CÓDIGO DE CONDUCTA
Introducción
El código de conducta ética (Código de Conducta) es nuestra guía de conducta adecuada, junto con las normas y procedimientos de trabajo establecidos, para garantizar lo correcto y que en su consecuencia lógica no se produzca ningún delito en la empresa.
El Código de Conducta constituye una guía para todas las personas trabajadoras del Grupo Altafit o La Compañía (ALTAFIT GRUPO DE GESTION, S.L., (“Altafit” o la “Sociedad”), y las siguientes filiales de la Sociedad: ALTAFIT INSTALACIONES DEPORTIVAS, S.L., JVN HEALTH-BEAUTY 2012 S.L, EASY SPORT MURCIA, S.L, BOXING FIGHT CLUB, S.L. EASY SPORT TERRASSA, S.L., EASY SPORT CARABANCHEL, S.L., BOXING CLUB CHAMARTÍN, S.L., ART FIT SILUET, S.L., RECORD ESTUDIANTES, S.L., EASY SPORT ALBACETE, S.L., RONDA NORTE 19, S.L.), en su desempeño profesional en relación con su trabajo cotidiano, los recursos utilizados y el entorno empresarial en el que se desarrolla. En este se ofrecen las directrices que clarifican los principios básicos de toda gestión y las relaciones interpersonales con compañeros, colaboradores, jefes, proveedores, clientes, accionistas y en general cualquier persona con interés directo o indirecto en la actividad que desarrolla Grupo Altafit. Nuestras actuaciones se basan en el respeto de nuestros valores corporativos, y las personas trabajadoras acomodaremos la actuación a principios de comportamiento respetuosos con la ética empresarial y con la profesionalidad, con el objetivo de que sea un referente en estos términos y sea así reconocida.
Ámbito de aplicación
El presente Código de Conducta va dirigido a todas las personas trabajadoras del Grupo Altafit, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral, posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su trabajo. Hay obligación de los relacionados con el Grupo Altafit de dar a conocer a sus principales proveedores la existencia del presente Código de Conducta, que estará disponible para su consulta en las siguientes páginas webs del Grupo Altafit: altafitgymclub.com y theboxerclub.es
Valores
Nuestros valores representan nuestra identidad como colectivo. Somos diferentes porque las personas que trabajamos en Grupo Altafit hacemos de esta Compañía un proyecto único y diferenciador. Somos rápidos, sabemos escuchar, buscamos la innovación, somos serviciales y trabajamos en equipo de forma rigurosa y transparente.
Principios de comportamiento ético
El comportamiento ético que rige Grupo Altafit se basa principalmente en:
Buena fe
Ajustamos en todo momento nuestra actuación a los principios de lealtad y buena fe con Grupo Altafit, con superiores, compañeros y colaboradores con los que nos relacionamos. Enfatizamos el afán de logro y el espíritu de superación. La preocupación por alcanzar los objetivos marcados debe ser constante y continuada. Potenciamos actitudes optimistas versus pesimistas. Supeditamos los objetivos personales a los generales de la Compañía. Velamos para que no exista conflicto entre ambos, y actuamos dando prioridad a los intereses de la compañía respecto de intereses personales o de terceros.
Honestidad
Todas las personas trabajadoras del Grupo Altafit, nos comprometemos a declarar cualquier relación personal o profesional que pudiera condicionar nuestro comportamiento como empleados de la Compañía. Además, como personas trabajadoras del Grupo Altafit, no aceptamos compensaciones o ventajas indebidas. Inculcamos la honestidad y ética profesional en las relaciones comerciales y profesionales habituales en el desempeño de nuestro trabajo, tanto en el sector privado como en nuestras relaciones con las Administraciones Públicas. No ofrecemos regalos, ni prometemos un trato de favor indebido a terceros, ya sean de carácter público o privado, con el fin de obtener una ventaja. Promovemos la confianza para declarar los regalos o ventajas que podamos obtener de terceros y los ponemos a disposición de la Compañía. Cualquier relación personal o profesional que afecte a los intereses de la Compañía es comunicada al jefe inmediato. No permitimos relaciones personales ni familiares en dependencia directa ni dentro de la misma unidad organizativa.
Evitamos conductas contrarias a la libre competencia, o que supongan un acto de competencia desleal. En campañas publicitarias ofrecemos la información de forma clara y veraz.
Respeto
Todos y cada uno de nosotros/as somos responsables de generar un ambiente de cordialidad y amabilidad en nuestro entorno. Potenciamos el respeto y confianza entre las personas. Apreciamos la diversidad en opiniones, formación y cultura como fuente de conocimiento y ventaja competitiva. Cuidamos el lenguaje que utilizamos al hablar de terceros y propiciamos la no existencia de pautas y comentarios difamatorios dentro y fuera de la organización. Promovemos el respeto a la igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres, evitando cualquier escenario de discriminación directa o indirecta. Ninguna persona empleada en Grupo Altafit es discriminada en el ámbito profesional por rasgos personales como puedan ser: raza, discapacidad física, religión, edad, nacionalidad, sexo, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, opinión política, origen social, etc. Mantenemos un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal, no admitiendo ninguna forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal.
Se prohíben terminantemente actitudes libidinosas, ya sea a través de actos, gestos o palabras. Se engloba aquí todo tipo de actos de insinuación, roces intencionados, tocamientos ocasionales, lenguaje obsceno por cualquier medio, así como expresiones de contenido sexista susceptibles de crear un entorno laboral incómodo, ofensivo o humillante, debiéndose valorar en su caso la posible especial sensibilidad de la víctima, así como su posición y carácter para poder mostrar su rechazo.
Se prohíben en particular las actitudes de hostigamiento por razón de género, directa o indirecta. En concreto, se velará por no incurrir en situaciones de acoso (las ya referidas de aislamiento, relegación, trato indebido, etc.) por causa del ejercicio efectivo −o solicitud− de los derechos reconocidos por la legislación o el convenio colectivo para conciliar la vida laboral con las responsabilidades familiares
También se prohíbe cualquier trato adverso a una persona como consecuencia de la presentación por su parte de quejas, reclamaciones, denuncias o demandas destinadas a impedir su discriminación por razón de sexo o exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
No se admitirán actitudes tendentes al aislamiento o la reducción de la normal comunicación entre los trabajadores y las trabajadoras. Se velará por la integración de todo el personal durante su vida laboral en la empresa, sin obstaculizar las normales posibilidades de comunicación de ninguna persona con el resto. Se prohíbe todo comportamiento tendente a impedir expresarse a alguien de la plantilla, a ignorar su presencia, al aislamiento, etc.
Las comunicaciones tendentes a rectificar las conductas o llamadas de atención por el mal, bajo o inadecuado desempeño laboral, se harán de forma reservada.
Las comunicaciones que deban realizarse a alguna persona se harán sin más presencia, salvo exigencia legal, de convenio colectivo o causa excepcional que así lo aconseje, que la de su responsable u otros superiores y, en su caso, de la persona afectada por la conducta de la persona reprendida.
Se prohíbe toda asignación o distribución de trabajo arbitraria o abusiva. Se prohíbe tanto la atribución intencionada de un exceso de trabajo que busque que la persona que trabaja resulte incapaz de llevarlo a cabo en su tiempo de trabajo, como la privación de trabajo o el vacío de funciones. Se procurará que las tareas encargadas a cualquiera que trabaje se acomoden a su nivel profesional y experiencia.
La aplicación de los mecanismos de control del trabajo y de seguimiento del rendimiento será equitativa. La aplicación de tales mecanismos de control y seguimiento será uniforme para cada categoría profesional o tipo de trabajo desempeñado, si bien se tendrán en cuenta las circunstancias de cada persona que pudieran afectar a su nivel de desempeño, intentando en lo posible adaptar sus objetivos en consonancia.
Se velará para que todo el personal, en igual situación de mérito, nivel y capacidad, tengan similares oportunidades de formación y promoción laboral.
Respetamos el medio ambiente y colaboramos con el desarrollo sostenible de la Compañía.
Confidencialidad
Nos abstenemos de proporcionar, interna o externamente, datos confidenciales sobre las personas y/o las actividades desarrolladas en la Compañía. Facilitamos, sin embargo, los datos que sean necesarios para que otras personas trabajadoras del Grupo Altafit, realicen correctamente su función, con estricto respeto a este deber de confidencialidad. Evitamos conductas contrarias a la libre competencia, o que supongan un acto de competencia desleal. En campañas publicitarias ofrecemos la información de forma clara y veraz. Principios de comportamiento ético, respeto, confidencialidad y uso de la información. Cumplimos con la normativa de protección de datos de carácter personal en relación a los que tengamos acceso debido a nuestro puesto de trabajo. Las personas trabajadoras del Grupo Altafit, nos caracterizamos por una marcada actitud proactiva en el trato de la información confidencial. La información es propiedad de la Compañía y deberá compartirse siempre que sea beneficioso y necesario para esta. En nuestra conducta:
Facilitamos a las personas responsables información veraz, necesaria, completa y puntual acerca de la marcha de las actividades de nuestra área; y a nuestros compañeros, aquella que sea necesaria para el adecuado desempeño de sus funciones.
Mantenemos el secreto profesional de los datos, informes, cuentas, balances, planes estratégicos y demás actividades de Grupo Altafit y sus personas, que no sean de carácter público, y cuya publicidad pueda afectar a los intereses de la compañía. No facilitaremos información de estos, salvo cuando nos hallemos expresamente autorizados para ello.
Obtenemos la información de terceros de forma ética y legítima, rechazando toda aquella información obtenida de forma improcedente o que suponga una violación del secreto de Compañía o de la confidencialidad de esta.
En el supuesto de tener dudas acerca del tratamiento adecuado de la información, solicitamos la valoración de nuestro responsable acerca de la correcta catalogación de esta.
No podremos usar para fines propios, de terceros, ni para obtener beneficio o lucro, los programas, sistemas informáticos, manuales, vídeos, cursos, estudios, informes, etc., creados, desarrollados o perfeccionados en Grupo Altafit, dado que la Compañía conserva en todo momento la propiedad intelectual de estos.
En general mantenemos la más estricta confidencialidad en la utilización del conocimiento interno fuera del ámbito de la Compañía, preservando nuestro saber hacer.
Únicamente utilizaremos los sistemas informáticos, software, material, informes, etc. de los cuales Grupo Altafit, haya adquirido la licencia correspondiente, respetando en todo momento la propiedad intelectual e industrial de estos.
La utilización de equipos informáticos está sometido a la política de seguridad de la información de Grupo Altafit, con el objetivo de evitar daños a terceros y/o a la propia Compañía.
No utilizaremos los accesos a los sistemas para actuar de forma fraudulenta o en beneficio propio.
Decálogo de preguntas antes de tomar una decisión
Plantearse estas preguntas ayudará a decidir sobre el comportamiento que debe seguirse.
Principios de comportamiento profesional
Pasión por el cliente
Todas las personas trabajadoras aspiramos a ofrecer a nuestros clientes un servicio de la máxima calidad y a tener un nivel de atención excelente. La excelencia y la calidad de servicio son guías constantes de actuación, promoviendo una sana inquietud de mejora continua. Los recursos que provee el Grupo Altafit buscan el fomento de la innovación y el desarrollo de los servicios a los clientes, enfocados en identificar y satisfacer las necesidades de nuestros clientes, buscando siempre las soluciones más eficientes y eficaces posibles. Con independencia del área funcional en la que trabajemos, estamos comprometidos/as con la satisfacción de nuestro cliente. Promovemos actitudes honestas hacia el cliente.
Gestión eficiente
Las personas trabajadoras del Grupo Altafit, trabajamos de forma eficiente durante la jornada laboral, rentabilizando el tiempo y recursos que la Compañía pone a nuestra disposición de manera rigurosa y racional. Todos/as prestamos la dedicación que exija el desempeño de nuestras funciones, aspirando a la consecución de los resultados de la forma óptima y productiva posible. La Compañía pone a nuestra disposición todos los recursos necesarios para realizar el trabajo y mejorar el rendimiento a través de una optimización del tiempo y alcance a la información necesaria para cumplir con nuestras responsabilidades. Por ello deberemos hacer un uso adecuado y razonable según las necesidades profesionales de cada uno. No participamos en actividades personales durante el horario laboral que interfieran o le impidan cumplir con las responsabilidades laborales.
Actitud de equipo
Las personas trabajadoras de la Compañía favoreceremos el trabajo en equipo y reconocemos la aportación de otros en la obtención de resultados comunes. Como miembros de un equipo contribuimos con igual compromiso tanto dentro como fuera de nuestra área. La actitud de trabajo en equipo predomina y destaca sobre cualquier actuación en el nivel individual. Un individuo sobresaliente lo es también por su capacidad de trabajo en equipo, y por tanto no existe conflicto entre esta conducta y la de ser excelente individualmente. No prima el interés individual sobre el interés del equipo. Evitamos las actitudes pasivas: no nos dejamos llevar y no nos quedamos al margen. Fomentamos el entusiasmo y compromiso con el grupo y por tanto con la organización. Actuamos con espíritu de cooperación poniendo a disposición de las demás áreas y departamentos de la entidad los conocimientos y recursos que faciliten la consecución de los objetivos de la Compañía.
Cuidar la reputación
Consideramos la imagen y la reputación de la Compañía como uno de sus activos más valiosos para mantener la confianza de sus clientes. Vigilamos el respeto y uso correcto de la imagen y reputación corporativa, por parte de todas las personas en el entorno de la compañía. La imagen de marca se plasma visualmente con nuestro logo de Compañía, del cual existen unas normas de utilización que protegen su uso y que debemos respetar. Somos especialmente cuidadosos en cualquier intervención pública, debiendo contar con la autorización necesaria para intervenir ante los medios de comunicación, participar en jornadas o seminarios profesionales y en cualquier medio de difusión pública, siempre que aparezcan como personas trabajadoras del Grupo Altafit. Todos/as somos parte de la imagen corporativa y por tanto asumimos una conducta ética y responsable que permite preservar la imagen y la reputación de la compañía. En ningún momento actuaremos poniendo de manifiesto comportamientos que puedan dañar la imagen. Nuestra forma de comunicarnos, conducirnos y nuestra propia imagen personal estará en consonancia con el contexto profesional en el que nos desenvolvemos.
Desarrollo profesional
Nuestro crecimiento profesional y el de nuestros equipos es nuestra clave para ser competitivos. Las personas trabajadoras somos responsables de nuestro crecimiento profesional, y en consecuencia es nuestro deber estar permanentemente actualizados con los conocimientos y técnicas precisas para el eficiente desempeño de nuestro trabajo. Las personas con equipos a cargo han de prestar atención a la motivación y desarrollo profesional de sus colaboradores, comprometiéndose a propiciarles oportunidades de desarrollo con base en el mérito y en su aportación profesional. Para ello, fomentarán su aprendizaje continuo, reconocerán sus esfuerzos de forma específica y valorarán objetivamente sus logros, trazando los planes de acción y acompañamiento precisos para su desarrollo.
Nuestro programa de cumplimiento
El Grupo Altafit mantiene un firme compromiso con el cumplimiento normativo, en lo que se refiere tanto a las disposiciones legales que regulan su actividad como, en general, a todas las normas del ordenamiento jurídico, incluidas, por supuesto, las normas penales. Por ello, el Órgano de Gobierno del Grupo Altafit aprobará un programa de cumplimiento con la finalidad de establecer las normas y procedimientos adecuados para prevenir la comisión de delitos en su seno, con la intención de reducir de forma significativa el riesgo de su comisión, establecer medidas de prevención de delitos y facilitar su rápida detección.
Este programa regulará los aspectos relativos a la prevención de riesgos penales, la estructura orgánica de control, la evaluación de riesgos penales y su clasificación según el riesgo teórico de comisión de delitos en atención a la actividad que desarrolla el Grupo Altafit, así como los controles y procedimientos internos más relevantes para su prevención.
Este programa de cumplimiento y las normas que contengan serán de obligado cumplimiento para todos los miembros del Grupo Altafit.
Recogerá los modelos de prevención (modelo de prevención penal, de protección de datos, laboral, etc.) de conductas contrarias a la ética y a la ley que puedan llevarse a cabo por los directivos, personas trabajadoras y demás personas que mantengan relaciones con la Compañía y, además, los principios generales y las políticas de la Compañía, ante los riesgos, el ámbito y los responsables de su aplicación y las actividades de control y supervisión para su correcta aplicación.
Compromiso del órgano de gobierno
El órgano de administración tiene la responsabilidad indelegable del diseño e implantación del programa de cumplimiento y de designación del órgano responsable de su funcionamiento o compliance officer (Órgano/ Oficial de cumplimiento), así como de supervisión periódica de su implantación y efectividad.
Compliance officer (Órgano/ Oficial de cumplimiento)
Es el órgano o persona encargado de la supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del programa implantado, con poderes autónomos de iniciativa y control, independiente del órgano de administración y al que se le han concedido los recursos materiales y humanos necesarios para la correcta gestión del modelo de cumplimiento.
Evaluación de riesgos
Nuestro programa de cumplimiento tendrá identificados cuáles son los posibles delitos o conductas irregulares que la entidad tiene riesgo de cometer (mapa de riesgos), tanto los propios de la actividad concreta a la que se dedica, como los comunes, es decir, cualquier posible delito o ilícito.
Una vez identificados, se analizan la probabilidad de ocurrencia y el impacto que puedan tener en la Compañía y se prioriza su mitigación.
Implantación de controles
Grupo Altafit contará con las políticas de actuación necesarias para prevenir y mitigar los riesgos identificados. Son protocolos que deberán seguirse en cada proceso de la organización. Todos ellos tendrán una persona o departamento responsable de su implantación, así como un plazo previsto para ello. Además, se evaluarán periódicamente su eficacia y se establecen planes de mejora.
Se dispondrá en todo momento de las evidencias documentales que permiten poder demostrar la buena diligencia en materia de prevención de riesgos por parte de la Compañía.
Formación e información
Tanto las personas trabajadoras como la Dirección del Grupo Altafit serán conocedores del programa de cumplimiento aplicable. Para ello se impartirán cursos de formación periódica.
Modelo de respuesta
Grupo Altafit tendrá definidas las acciones a emprender en caso de posible comisión de un ilícito o riesgo de que se cometa, o incumplimiento del programa de cumplimiento, para la defensa de sus intereses, teniendo en cuenta la normativa legal y su situación procesal.
Revisiones periódicas
El programa de cumplimiento se revisará y actualizará periódicamente, como resultado de cambios en la Compañía o actividad de Grupo Altafit, así como por modificaciones en la normativa legal aplicable. Para ello se someterá a continuas auditorías internas y/o externas.
Sistema interno de información (canal de denuncias)
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 25 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, ponemos en su conocimiento que, conforme a los principios esenciales del presente canal, todas las informaciones recibidas se analizarán de forma independiente y confidencial. Se garantizará, en todos los casos, la máxima confidencialidad y, en su caso, anonimato, en los procesos de investigación de las informaciones recibidas, a los efectos de proteger la identidad del informante y de las personas afectadas y de su reputación. Se informará solo a las personas estrictamente necesarias en el proceso. Cuando proceda, se notificará a la autoridad competente de aquellos hechos que puedan ser constitutivos de ilícito penal, administrativo o laboral.
Se garantiza, igualmente, la ausencia de represalias de cualquier tipo contra el informante. Si se confirmase que las ha sufrido, los autores de las mismas serán objeto de investigación y, en su caso, de sanción.
Cualquier información dolosamente falsa, maliciosa o abusiva podrá dar lugar a acciones proporcionadas en contra del informante.
Informamos asimismo de que, para la gestión del sistema interno de información (canal de denuncias) de Grupo Altafit, se utiliza la solución COMPLYLAW CANAL ÉTICO, que cumple con los requisitos de privacidad y protección de datos previstos en la citada norma. Esta herramienta de gestión cumple asimismo con los requisitos legales de acuse de recibo de la comunicación al informante, en el plazo de 7 días; y plazo máximo de 3 meses para dar respuesta a las actuaciones de investigación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales.
Entrada en vigor del código de conducta, interpretación y seguimiento
El Código de Conducta entró en vigor tras su aprobación el día 1 de junio de 2023.
El Código de Conducta se comunicará a todos los miembros de la Compañía. Estará vigente en tanto no se apruebe su modificación o anulación, que será debidamente comunicada.
Cada uno de nosotros asumimos la tarea de revisar y seguir este Código de Conducta, y cumplimos todas las leyes aplicables, políticas y directrices. Este Código de Conducta intenta contemplar muchas de las situaciones a las que nos enfrentamos en el día a día, pero no puede considerar todas las circunstancias.
Procura obtener ayuda de:
Todos los profesionales debemos informar a nuestro responsable sobre cualquier conducta que creamos, de buena fe, que es una vulneración del Código de Conducta.
Si cualquiera de los cuatro anteriores está implicado en la situación que deseamos informar o no puede o no ha resuelto adecuadamente nuestras preocupaciones, informaremos a un director de más alto rango o al responsable de RR. HH. del área o al encargado de cumplimiento normativo de la empresa, y se informa que todo el personal tiene a su disposición un Canal Ético mediante el cual es posible notificar, de forma totalmente confidencial, comportamientos o hechos contrarios a la ética, a la legalidad vigente, al presente Código de Conducta Ética o a las prácticas de buen gobierno corporativo que rigen nuestra Compañía, con especial énfasis en aquellas que pudieran tener trascendencia penal.
No realizamos discriminación alguna ni tomamos represalias contra las personas trabajadoras por el hecho de haber informado, de buena fe, sobre infracciones reales y probadas. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones velará por el cumplimiento del presente Código, resolverá incidencias o dudas sobre su interpretación y adoptará las medidas adecuadas para su mejor cumplimiento.
El incumplimiento de este Código de Conducta puede dar lugar a la adopción de medidas disciplinarias, incluyendo la posibilidad de despido y, en su caso, el ejercicio de las acciones legales oportunas.